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Piden reparto equitativo de coparticipación

  • Foto del escritor: Winifreda
    Winifreda
  • 20 jun 2019
  • 2 Min. de lectura

Los diputados provinciales Ricardo Consiglio y Marcela Coli (UCR) propusieron crear un régimen para regular los adelantos de coparticipación a las comunas pampeanas a través de un proyecto de ley que ayer presentado en la Legislatura pampeana.

El objetivo es «aportar un tratamiento equitativo en el otorgamiento de adelantos de coparticipación, fundado en criterios objetivos, pero también brindar una herramienta financiera de corto plazo para afrontar desbalances de política salarial y de infraestructura básica social, en ambos casos con garantía de devolución con fondos coparticipables», afirmaron.

«El régimen de coparticipación actual que regula las dimensiones presupuestarias y de tesorería, se distribuye en cuotas a lo largo del año, pero no desde una perspectiva financiera», agregaron en los fundamentos.

Discrecionales.

«Las comunas que quieren hacer opción de adelantos de coparticipación, deben esperar la buena voluntad del gobierno provincial, que no está limitado en cuanto al criterio a utilizar para decidir el monto y el momento en que debe otorgarlos. Son sabidas las consecuencias en la equidad territorial de las decisiones discrecionales».

Marcela Coli

Los legisladores cuestionaron la «discrecionalidad» de la Ministerio de Hacienda y Finanzas, a cargo de Ernesto Franco, que anualmente reparte los recursos entre las localidades pampeanas.

De este modo, se pretende «crear un régimen que regule la solicitud de anticipos para establecer el modo en que deben fundarse y otorgarse, si la solicitud se apega a la ley, entonces el anticipo es procedente y procurar que los anticipos sean usados para fines genuinos y evitar gastos con otros fines».

Con la iniciativa se busca regular dentro de tres tipos de anticipos los adelantos que ya vienen solicitando las comunas -transitorios, ordinarios y extraordinarios- estableciendo un límite máximo y la solicitud mediante un plan financiero que demuestre de manera fehaciente la factibilidad de devolución por parte de la comuna en el plazo comprometido. fuente La Arena

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