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La Pampa: Gestionan la autorización para reuniones familiares

La nota solicitando la excepción lleva la firma del gobernador Sergio Ziliotto y el ministro de Salud, Rubén Kohan y se elevó al jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero.


Si el Gobierno nacional acepta la petición, las reuniones familiares se permitirán los días sábado, domingo y feriados en el horario de 10 a 18, con un máximo de 10 personas y en domicilios particulares. Esta gestión fue abordada en el marco del Comité de Crisis durante la reunión que mantuvo esta tarde.


El gobierno pampeano deja en claro que son entendibles y comprensibles “las decisiones del señor Presidente respecto a esta necesidad de restringir las reuniones sociales y familiares por razones epidemiológicas. Sin perjuicio de ello y como es de su conocimiento la provincia de La Pampa se encuentra en Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio”.


Se aclara que de aceptarse la excepcionalidad, “dichas reuniones se realizarían en el ámbito de la provincia de La Pampa los días sábados, domingos y feriados en el horario de 10 a 18, con un máximo de 10 personas y en domicilios particulares”.


Se expresa taxativamente que “dispuesta la excepción, se establecerán las recomendaciones como el uso del cubre nariz, boca y mentón, mantener el distanciamiento social mínimo de dos metros entre personas, contar con elementos para higiene frecuente, toser o estornudar en el pliegue del codo, no compartir mates o infusiones, ni utensilios o vajilla, entre otras”.


“La familia es fundamental, los vínculos con personas significativas son considerados de esencial importancia, aportando bienestar emocional y fortaleciendo, en consecuencia, la contención social necesaria durante este período de distanciamiento social. Compartir momentos con nuestra familia, sin dudas nos ayuda a sobrellevar este difícil momento”, concluye el escrito.


Protocolos para reuniones familiares


La solicitud de habilitación para reuniones familiares fue necesariamente acompañada con un documento con protocolos de cumplimiento obligatorio y recomendaciones tendientes a mantener medidas sanitarias- epidemiológicas generales.


Se ratifica el uso del cubre nariz, boca y mentón, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 825/220 y se establece que las reuniones no sean de más de 10 personas.


Asimismo, se recomienda que se lleven a cabo en lugares abiertos; en caso de realización en lugares cerrados, que cuenten con suficiente ventilación y aireación.


Sigue vigente la sugerencia de no compartir el mate o infusiones, no compartir utensilios, vajillas y mantener un distanciamiento social, con un mínimo de dos metros.


Los lugares en los que se realicen las reuniones deberán contar con elementos para higiene frecuente de manos (lavado con agua y jabón o uso de alcohol al 70 %, diluido o en gel).


 


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