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Carlos Kisner 200

Confirman sanción a dos corredores inmobiliarios de Winifreda por operar de forma irregular

  • Foto del escritor: Winifreda
    Winifreda
  • hace 12 horas
  • 2 Min. de lectura

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa ratificó las sanciones impuestas por el Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de la provincia a dos de sus matriculados de Winifreda, quienes fueron suspendidos por ejercer actos de corretaje en condiciones ilegales.

La resolución, dictada el pasado 12 de junio por la jueza María Anahí Brarda (fotografía) en el marco de la Sala 4 en actuación unipersonal, rechazó el recurso de apelación interpuesto por los corredores Rodrigo Feininger y Roberto Carlos Nunia, quienes habían sido sancionados por el Colegio Profesional mediante la Resolución N° 17/25.


Irregularidades detectadas

De acuerdo al fallo, Roberto Nunia intervino en operaciones inmobiliarias sin contar aún con la matrícula habilitante, mientras que junto a Rodrigo Feininger ofrecieron terrenos en venta cuando el proyecto de loteo correspondiente no contaba con la debida autorización municipal.


La jueza Brarda consideró que ambos profesionales actuaron con una “clara violación a las previsiones del artículo 1347 del Código Civil y Comercial”, al no advertir ni informar a los interesados sobre las condiciones legales que exige la normativa vigente para concretar este tipo de operaciones.


"La actuación profesional contraria a la debida genera la consecuente sanción", remarcó la magistrada, subrayando que los corredores no pueden eludir su responsabilidad trasladándola a los propietarios de los inmuebles. Además, recordó que los profesionales deben garantizar la legalidad de toda operación inmobiliaria, asegurando, entre otros aspectos, que el loteo cuente con la autorización correspondiente, la posibilidad de escrituración y la viabilidad de la compraventa.


Sanciones ratificadas

El Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio había dispuesto una suspensión de 60 días, la realización obligatoria de un curso de capacitación, el pago de gastos administrativos y la prohibición de divulgar la sanción, medida que los corredores intentaron revertir judicialmente sin éxito.


Sin embargo, el tribunal consideró que el recurso presentado se limitó a manifestar su disconformidad, sin un desarrollo jurídico razonado capaz de desvirtuar los fundamentos de la resolución administrativa.


Resguardo de los derechos ciudadanos

Finalmente, la Cámara confirmó la sanción disciplinaria y condenó en costas a los apelantes, reafirmando así el rol del Colegio Profesional en la supervisión del ejercicio ético y legal de la actividad inmobiliaria, una tarea esencial para garantizar la seguridad jurídica y proteger los derechos de los ciudadanos involucrados en este tipo de operaciones.

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