Condenaron a una mujer por agredir a su hija de cinco años
- La Pampa
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El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a una mujer de 46 años por haber agredido físicamente a su hija de tan solo cinco años. Fue considerada autora material y penalmente responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, y se le impuso una pena de seis meses de prisión en suspenso.

El fallo, dictado tras un juicio oral que se desarrolló los días 5 y 6 de mayo, incluyó además la imposición de reglas de conducta por el término de dos años. Entre ellas se destacan:
Fijar domicilio y no modificarlo sin dar aviso al juez de ejecución.
Someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal.
Realizar un tratamiento psicológico o psiquiátrico, siempre y cuando se presente previamente un informe que acredite su necesidad y eficacia.
Los hechos
Según se demostró durante el debate, el 2 de febrero de 2024 la mujer golpeó a su hija mientras se encontraban en el domicilio que compartían. La agresión fue un golpe de puño en el pómulo izquierdo, lo que provocó un hematoma con lesión lineal, tal como fue constatado por la médica interviniente. La niña actualmente reside con su padre en otra localidad.
Las instancias del juicio
El juicio se llevó adelante con la actuación unipersonal del juez Pagano. Participaron también el fiscal Guillermo Komarofky y la defensora oficial de la acusada, María Soledad Forte.
Durante los alegatos de cierre, el fiscal solicitó ocho meses de prisión en suspenso y las mencionadas reglas de conducta. En contrapartida, la defensora oficial pidió la absolución de su defendida, apelando al beneficio de la duda.
Fundamentos del fallo
Al momento de dictar sentencia, el juez Pagano valoró como circunstancias agravantes:
El historial de violencia que sufrió la niña.
La conducta de la imputada al intentar influir en testigos para obtener declaraciones a su favor.
Entre los atenuantes, consideró el problema de salud mental que presenta la mujer y su falta de antecedentes penales.
En su resolución, el magistrado sostuvo que “resulta de mayor importancia la realización de un tratamiento psicológico o psiquiátrico que la ayude a revertir su cuadro y encauzar su vida para retomar el vínculo con la damnificada”.
De esta manera, el tribunal optó por una pena condicional, apostando a una salida que priorice la recuperación personal de la condenada, bajo estricta supervisión y con el objetivo de preservar el bienestar de la menor.