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Piden exenciones para el Impuesto a las Ganancias para los que hacen guardias obligatorias

El diputado nacional Ariel Rauschenberger (PJ) presentó un proyecto de ley solicitando que sean exceptuadas de pagar el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública.


Además, incluye a las sumas remunerativas no bonificables derivadas del Decreto 318/2020, y las demás medidas de similares características que se dispongan a nivel nacional, provincial y municipal, dictadas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Ejecutivo Nacional.


El proyecto que fue acompañado por sus pares Melina Delú y Hernán Pérez Araujo, solicita que la deducción hasta un millón de pesos, de las donaciones que se efectúen a fondos específicos constituidos por los fiscos nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, y a favor de instituciones del sistema de salud pública, con destino a paliar las consecuencias de la pandemia desatada por el coronavirus (Covid-19), sea calculada en forma autónoma, sin incidir en el cálculo de los límites de las demás deducciones.



Fundamentos.


Entre las argumentaciones brindadas por Rauschenberger, se destaca que a través del proyecto se propician un conjunto de modificaciones parciales al régimen jurídico del Impuesto a las Ganancias, ampliando los alcances y las hipótesis de exención en él contempladas. La reforma está dirigida a ampliar el universo de sujetos alcanzados por la exención mediante la supresión de la limitación del beneficio al personal que se desempeña en aquellos establecimientos que se encuentren emplazados en zonas desfavorables.


Un principio básico de igualdad ante la ley, nutre y da sentido a esta propuesta modificatoria que equipara de cara al impuesto a las ganancias a todas las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública.


Además se incluye entre las exenciones al impuesto a las sumas remunerativas no bonificables derivadas del Decreto 318/2020, y a las demás medidas de similares características que se dispongan a nivel nacional, provincial y municipal.



Donaciones.


Asimismo el proyecto impulsa una reforma al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias con el propósito de adicionar a las deducciones ya existentes a las donaciones que se efectúen a fondos específicos constituidos por los fiscos nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal con destino a paliar las consecuencias de la pandemia desatada por el coronavirus. La deducción con esa finalidad procederá, hasta la suma de un millón de pesos, y será calculada en forma autónoma, sin incidir en el cálculo de los límites de las demás deducciones.


En todos los casos, las enmiendas propuestas reconocen como motivación y soporte primordial, maximizar los efectos positivos de las medidas recientemente anunciadas por el Gobierno Federal con el fin de paliar los efectos más adversos de la crisis humanitaria generada por la pandemia de Covid-19 y que fuera declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud (#OMS), a nivel global. La Arena


 

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