top of page
banner_QuemasPrescriptas_737x125.gif
parque acuatico winifreda logo nov 2023 - 400.jpg
publi chica 2.jpg
cewtv 300.jpeg
fabricio fischer - 400.jpg
celeste publi feb 23.jpg
Carlos Kisner 200
  • Foto del escritorWinifreda

La Corte Suprema aceptó una causa de la ciudad de Buenos Aires contra La Pampa

El máximo organismo judicial aceptó tratar una causa en la que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires reclama el pago de servicios médicos prestados en hospitales públicos porteños a pacientes derivados desde nuestra provincia.


En un fallo del 17 de diciembre, la Corte aceptó que se trata de una causa de su competencia.


El fallo fue por mayoría con los votos de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, mientras que el voto en disidencia fue de Elena Highton.


La causa se inició en la Justicia contencioso administrativa, con un fallo que declaró la incompetencia de ese fuero. Llegó al Tribunal Superior porteño que también declaró la competencia.


El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) promovió demanda ejecutiva contra la Provincia de La Pampa (Ministerio de Bienestar Social y Acción Social -Casa de La Pampa), ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10, a fin de obtener el pago de varias facturas en concepto de servicios médicos prestados en hospitales públicos de su jurisdicción a pacientes derivados por la demandada, en los términos de la ley 2208.


La provincia de La Pampa y opuso excepción de incompetencia, con fundamento en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 10 admitió la excepción articulada por la provincia y declaró su incompetencia.


La Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo y Tributario - Sala 1, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el GCBA, revocó la resolución apelada y remitió la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al considerar que la causa correspondía a su competencia originaria.


El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con lo dictaminado por el fiscal general adjunto, rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA contra aquel pronunciamiento y estimó que la cuestión planteada era igual a la sentencia dictada el 19 de agosto de 2016 en los autos “GCBA c/Gobierno de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur sobre ejecución fiscal y otros s/recurso de inconstitucionalidad concedido” y remitió las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


El dictamen del procurador de la Corte sostuvo que la Corte no era competente en este tema. “La cuestión que se debate resulta sustancialmente análoga a la que fue objeto de tratamiento por Tribunal, originario “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra Tierra del Fuego, cumplimiento de comodato y cobro de pesos”, sentencia del 18 de diciembre de 2007 y por este Ministerio Público (‘Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra Neuquén”), sobre ejecución fiscal, dictamen del 10 de marzo de 2011 y sentencia del 28 de junio de 2011, cuyos fundamentos doy aquí por reproducidos por razones de brevedad. En virtud de lo expuesto, opino que el proceso resulta ajeno a la competencia original de la Corte”, dijo la procuradora Laura Monti.


La mayoría de la #Corte desoyó ese dictamen y consideró que el reclamo del Gobierno de la Ciudad contra La Pampa era su competencia.


 


cew - publi.jpg
aca 100 años publi ene 2023 b.jpg
el abuelo rene - abr 2023 - 400.jpg
plex ago 2023_edited.jpg
cewtv banner.jpeg
¿Cuál es tu opinión de ésta noticia?
bottom of page