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Poli Altolaguirre presenta Proyecto de Ley para modificar la Ley Provincial 468: "Solución a conflictos por condominios rurales"

El diputado Hipólito Altolaguirre de la Unión Cívica Radical (UCR) presentó un proyecto de ley para modificar la Ley Provincial 468, que regula las superficies mínimas de fraccionamiento de los predios rurales en la provincia de La Pampa. Esta iniciativa busca abordar los conflictos relacionados con los condominios rurales, un tema que ha sido un reclamo recurrente de las asociaciones rurales durante los últimos 15 años.

Hipólito "Poli" Altolaguirre

Contexto y Justificación

La Ley 468, vigente desde 1973, establece las unidades mínimas autorizadas para subdividir predios rurales. Sin embargo, según el legislador y escribano Altolaguirre, la realidad de la producción agrícola y ganadera ha evolucionado significativamente desde entonces. La introducción de nuevas tecnologías, el corrimiento de las fronteras agrícolas debido a cambios en los regímenes pluviales y los avances en la siembra directa y la ciencia agronómica han transformado la actividad agropecuaria.


"La familia rural que la ley 468 pretende proteger no es la misma. Nuestros productores se han convertido en verdaderos empresarios que están a la vanguardia en los medios y métodos de producción", afirmó Altolaguirre.


El legislador destacó que la transferencia de tierras de generación en generación ha llevado a una distribución de superficies más productivas en el nordeste provincial, con una marcada presencia de pequeños productores. Estos productores, debido a las restricciones de la ley 468, se ven obligados a compartir la propiedad de la tierra en condominio, lo que genera numerosos inconvenientes productivos y fiscales, al no poder contar con partidas individualizadas para el pago del Impuesto Inmobiliario Rural.


Altolaguirre también señaló que las unidades mínimas establecidas por la ley 468 son considerablemente superiores en comparación con las legislaciones vigentes en provincias como Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe.


Propuesta de Modificación

El proyecto de ley propone una excepción por dos años que permita subdividir los fundos rurales por debajo del mínimo legal siempre que estos cuenten con salida franca a caminos existentes. Además, sugiere una reducción del 20% de la unidad económica para los departamentos de la zona núcleo productiva pampeana. Los principales cambios propuestos son:

  • Apartado I): 200 hectáreas sin desperdicios para la Sección I, Fracción B y C; Sección II, Fracción B (Departamentos de Chapaleufú, Maracó y Quemú Quemú). Actualmente, el límite es de 250 hectáreas.

  • Apartado II): 240 hectáreas sin desperdicios para la Sección II, Fracción C (Departamento Catriló). Hoy, el límite es de 300 hectáreas.

  • Apartado III): 320 hectáreas sin desperdicios para la Sección I, Fracción A y D; Sección II, Fracción A, Fracción D: Lotes 1 a 19, 24 y 25 (Departamentos Realicó, Trenel, parte de Conhelo, Capital). Actualmente, el límite es de 400 hectáreas.

  • Apartado III Bis): 400 hectáreas sin desperdicios para la Sección III, Fracción A: Lotes 4 a 7, 14 a 17, 24 y 25; Fracción B, Fracción C, Fracción D: Lotes 4 a 7, 14 a 17, 24 y 25 (Departamentos Atreucó y Guatraché). Este apartado mantiene el mismo límite actual.


El proyecto de ley de Altolaguirre busca modernizar y adaptar la normativa a las necesidades actuales de los productores rurales, facilitando una gestión más eficiente y equitativa de las tierras en la provincia de La Pampa.

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