La Sala 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa ha ratificado la decisión de indemnizar con un millón de pesos a una mujer de 30 años que no fue reconocida por su padre biológico. El fallo se basa en el daño moral ocasionado por la falta de reconocimiento y la violación de su derecho a la identidad.
En febrero de este año, el juez Pedro Ariel Campos, del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3 de Santa Rosa, falló a favor de la demandante, L. T., y condenó a M. S. F. a abonar la suma de $1.000.000 en concepto de daño extrapatrimonial más intereses. L. T., luego de someterse a un estudio de ADN en 2013 que confirmó su relación filial con el demandado, nunca fue reconocida por él, lo que resultó en angustia y sufrimiento por no ser aceptada.
El demandado objetó la imposición de costas por la filiación, el monto de la indemnización y los gastos de la pericia psicológica, citando jurisprudencia que sugiere montos menores en casos similares. Argumentó que se sometió voluntariamente al análisis de ADN y no avanzó en el reconocimiento debido a la falta de conocimiento sobre los procedimientos.
Sin embargo, los jueces de la Cámara, Laura Cagliolo y Guillermo Salas, rechazaron las objeciones del demandado. Subrayaron que en situaciones como esta, el daño moral debido a la falta de reconocimiento se presume, especialmente tras la confirmación positiva del vínculo de ADN. Los jueces destacaron la actitud renuente del progenitor y su negativa a reconocer a su hija, lo que causó dolor y sufrimiento a L. T. Además, señalaron que el derecho a la identidad es personalísimo y su violación debe ser compensada adecuadamente.
Los magistrados también destacaron que, a pesar de la confirmación de la relación filial en 2013, el reconocimiento oficial y la adición del apellido paterno se realizaron recién en julio de 2022, a los 30 años de edad de L. T. Si bien se resaltó la capacidad de afrontamiento de la demandante en su vida cotidiana, se hizo hincapié en la angustia que experimentó debido a la negación paterna y sus consecuencias en su identidad y vida en general.
Este fallo reafirma la importancia del reconocimiento de la filiación y el resarcimiento adecuado por el daño moral causado por la falta de reconocimiento paterno, subrayando la relevancia de preservar los derechos personales y la identidad de los individuos.
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