Este 2024 es un año bisiesto, lo que significa que contamos con un día adicional en el calendario: el 29 de febrero. Ante la curiosidad sobre cómo afecta este día a los nacimientos y qué sucede con los niños que nacen en esa fecha, la Jueza de Paz Claudia Godoy brindó esclarecedoras respuestas.
La Jueza explicó que la Ley 24540 establece que todo niño, ya sea vivo o muerto, y su madre deben ser debidamente identificados. Los recién nacidos se registran dentro de los 40 días de su nacimiento, y aunque los padres los inscriban dentro de este plazo, se anotarán con la fecha real de nacimiento. En el caso de los nacimientos el 29 de febrero, la inscripción reflejará ese día especial.
El certificado de nacimiento se entrega en el hospital el día del nacimiento y luego los padres deben llevarlo al Registro. La Jueza destacó que la identidad del recién nacido es un aspecto crucial y que el plazo de 40 días para la inscripción es importante para garantizar el registro oportuno.
En cuanto a quiénes pueden realizar la inscripción, la Jueza aclaró que pueden hacerlo los progenitores del niño o una tercera persona autorizada.
En el caso de los niños nacidos un 29 de febrero, la Jueza expresó con humor que podrán elegir celebrar su cumpleaños el día que prefieran, ya que durante cuatro años ese día no existe en el calendario. No obstante, enfatizó que en el certificado de nacimiento figurará la fecha real de nacimiento, y no se puede colocar otro día, dado que la identidad del recién nacido es un aspecto de gran importancia.
La Jueza de Paz también compartió que el último nacimiento registrado un 29 de febrero en General Pico fue en el año 2016, aunque no cuentan con un registro exacto de la cantidad de niños nacidos en años bisiestos en la localidad.
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