En la ciudad de General Pico, el juez de control Heber Pregno condenó a una mujer de 40 años a seis meses de prisión de ejecución condicional por ser autora material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo en perjuicio de su hijo de seis años. Además, el juez le impuso una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años.

La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor oficial Guillermo Costantino y la imputada. El progenitor del menor, quien fue el denunciante en la causa, prestó su conformidad con el acuerdo al ser informado sobre sus alcances.
Las pruebas presentadas en el legajo permitieron comprobar que, aproximadamente el 22 de noviembre de 2023, en el interior de la vivienda habitada por la imputada y sus hijos, la mujer golpeó con sus manos a su hijo de seis años, causándole lesiones que fueron calificadas como leves. El juez Pregno destacó en su fallo que “las lesiones ocasionadas fueron el resultado de los golpes que le propinó la imputada a su hijo menor, las cuales quedaron acreditadas mediante el certificado médico”.
Además de la pena de prisión condicional, la mujer deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta durante dos años:
Fijar residencia y notificar previamente al juez de ejecución o fiscal en caso de modificarla.
Someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje Ley 2831.
Cesar todo acto de perturbación e intimidación respecto del damnificado y sus demás hijos.
Acatar las decisiones del Organismo de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes interviniente en el proceso de re-vinculación.
Realizar tratamiento psicológico.
Abstenerse de cometer nuevos delitos.
El juez Pregno explicó que “como lo marca la ley procesal (Art. 382 del C.Pr.P.), el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a la imputada a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional más la imposición de reglas de conducta por el plazo de dos años”.
Este fallo subraya la importancia de la protección de los derechos de los menores y la necesidad de abordar de manera integral las situaciones de violencia intrafamiliar.