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Foto del escritorLa Pampa

Condenan a 20 años de prisión a una persona por abuso sexual y robo agravado

El juez de audiencia de Santa Rosa, Gastón Boulenaz, dictaminó hoy una sentencia de 20 años de prisión para Brian Marcelo Heredia por su implicación en delitos de abuso sexual con violencia y amenazas, agravados por el uso de armas blancas, en concurso real con robo agravado con el mismo tipo de armamento. Asimismo, se sumaron acusaciones por amenazas agravadas con el uso de armas.


La sentencia también declaró a Heredia como reincidente, encuadrando los hechos en la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres. Manteniendo la prisión preventiva hasta la finalización del proceso, se dispuso su inclusión en el Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual una vez que el fallo quede firme.


El proceso judicial se llevó a cabo en una sola audiencia para determinar la pena del acusado. Previamente, mediante un procedimiento intermedio abreviado, se había acordado la totalidad de los hechos, pruebas documentales, informáticas y periciales, así como la calificación legal. Este acuerdo contó con la conformidad de las víctimas, cumpliendo con el requisito establecido en el artículo 300 del Código Procesal Penal de La Pampa.


Durante el juicio, se presentaron cinco testigos y se escucharon los alegatos. La fiscala Verónica Silvana Ferrero y el patrocinante de la querella, el defensor oficial Juan José Hermúa (en representación de una de las víctimas), solicitaron una pena de 25 años de prisión, mientras que la defensora oficial, María Silvina Blanco Gómez, pidió la pena mínima para estos delitos.


Los eventos en cuestión se desarrollaron en Santa Rosa e involucraron un robo de celular seguido de agresión sexual y amenazas con un cuchillo hacia una mujer. En otro incidente, Heredia, de 25 años, amenazó a una peatona mientras conducía una moto, haciendo referencia a supuestos audios comprometedores y utilizando un objeto similar a un arma de fuego para amedrentarla.


Al determinar la pena, el juez Boulenaz consideró como agravantes los antecedentes penales del imputado, la naturaleza de los hechos, la degradante cosificación de la mujer y el daño psicológico a la primera víctima. Sin embargo, señaló la ausencia de atenuantes sólidos, más allá del historial desfavorable de Heredia, marcado por la temprana pérdida de su madre y la carencia de una figura paterna.


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