El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, dictaminó la condena de cuatro años de prisión para Nazareno Ezequiel Díaz, de 31 años, por el delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, agravada por su reincidencia.
El juicio, llevado a cabo entre los días 26, 27 y 28 de febrero en la Sala de Audiencia Nº 1 del Edificio Judicial de General Pico, contó con la participación del juez Pagano, el fiscal Damián Campos y el defensor Walter Vaccaro.
Según las pruebas presentadas en el debate, el 27 de agosto de 2023, la policía acudió a las inmediaciones de las calles 302 y 325 de General Pico tras recibir un llamado sobre un accidente vehicular. En el lugar, encontraron a Nazareno Ezequiel Díaz caído en la cinta asfáltica después de sufrir una convulsión mientras conducía una motocicleta de 125 cc con un acompañante menor de edad. Al ser atendido por la policía y otros presentes, Díaz perdió el control y dejó caer un arma de fuego tipo pistola calibre 22 largo, con cargador colocado y cinco proyectiles del mismo calibre, sin contar con la documentación legal requerida para su tenencia o porte.
En sus alegatos finales, el fiscal Campos argumentó que el acto delictivo correspondía al delito de portación de arma de fuego sin autorización legal agravada, considerando la reincidencia del imputado en delitos contra las personas. Solicitó una pena de cinco años de prisión y el decomiso del arma.
El juez Pagano, al determinar la sentencia, reconoció la ausencia de circunstancias atenuantes y destacó los antecedentes penales previos de Díaz. A pesar de ello, decidió imponer una pena de cuatro años de prisión, con declaración explícita de reincidencia y demás accesorias legales.
Este fallo resalta la importancia de mantener el cumplimiento de las leyes sobre tenencia y porte de armas, así como la responsabilidad de los ciudadanos en su acatamiento.