El Instituto de Seguridad Social de la provincia de La Pampa emitió un comunicado oficial para informar sobre el proceso de cálculo de aumentos jubilatorios, destacando que estos incrementos solo pueden ser calculados una vez que se haya liquidado el personal activo.
De acuerdo con lo establecido por la Norma Jurídica de Funcionamiento (NJF) 1.170, el proceso de aumento en las escalas salariales o cambios en la normativa para la liquidación de adicionales para el personal activo del Estado provincial son el punto de partida para determinar el nuevo coeficiente que se aplicará al aumento de los jubilados.
El método utilizado por el Instituto de Seguridad Social, denominado "EcoCapture," consiste en comparar lo que se pagó a la masa de trabajadores activos con el incremento, frente a lo que habían cobrado el mes anterior sin aumento. De este cálculo, se obtiene el coeficiente de aumento que se aplicará a los jubilados. Esta comparación es realizada por el Ce.Si.Da. (Centro de Sistematización de Datos de la provincia), quien proporciona la información al I.S.S. una vez que se ha liquidado el aumento a los trabajadores activos.
El proceso de liquidación mensual de los jubilados comprende diversas tareas, entre ellas:
Reunión de información sobre cuotas sociales de gremios y centros de jubilados, cuotas IPAV, cuotas de Préstamos Personales ISS, actualización de alícuotas de aporte personal a la obra social (SEMPRE) y presentaciones recibidas del Formulario AFIP 572 (Ganancias).
Determinación y liquidación del haber mensual con el aumento correspondiente.
Determinación y liquidación del reajuste retroactivo.
Preparación y control de asignaciones familiares, cuotas alimentarias y embargos.
Liquidación y control de Impuesto a las Ganancias.
El Instituto de Seguridad Social enfatiza que los cambios en el impuesto a las ganancias, que a menudo conllevan modificaciones en la programación, son publicados pensando en las liquidaciones de sueldos a fin de mes. Es por ello que se espera hasta el último momento posible para anunciar estos cambios, ya que volver a liquidar dos meses de dicho impuesto puede resultar una labor compleja y no contemplar esta situación podría afectar los haberes jubilatorios.
El comunicado subraya que la fecha de pago publicada en el calendario no puede ser adelantada debido a que se emplean plazos mínimos óptimos para garantizar una correcta labor de liquidación de haberes, asegurando así la transparencia y eficiencia del proceso.
El Directorio del ISS de La Pampa recuerda a los beneficiarios que los haberes jubilatorios son móviles y estarán sujetos a la variación del promedio de las remuneraciones del personal en actividad, como lo establecen los artículos 76 y 78 de la NJF 11.70.
El Instituto de Seguridad Social reafirma su compromiso de seguir trabajando en beneficio de los jubilados y pensionados de la provincia, garantizando un proceso justo y equitativo en la determinación de los aumentos jubilatorios.
Más información: Aumentos jubilatorios: comunicado del Directorio del ISS de La Pampa