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¡Atención monotributistas! Comenzaron a regir las nuevas escalas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha puesto en marcha las nuevas escalas del monotributo desde el primer día del año 2024. Estas actualizaciones implican un aumento del 110% en relación con los valores anteriores, marcando un cambio significativo en las categorías de facturación del régimen simplificado.


Con esta nueva tabla de ingresos, los contribuyentes deben realizar su primera recategorización del año antes del próximo 22 de enero. Durante este trámite, se deberá confirmar o modificar la categoría en función del nivel de facturación registrado en los últimos 12 meses.


La AFIP proporcionó, la semana pasada, las nuevas escalas que rigen a partir del 1 de enero:

  • Categoría A: Facturación de hasta $2.108.288,22, cuota mensual de $12.128,39.

  • Categoría B: Facturación de hasta $3.133.941,71, cuota mensual de $13.571,75.

  • Categoría C: Facturación de hasta $4.387.518,35, cuota mensual de $15.241,42.

  • Categoría D: Facturación de hasta $5.449.094,70, cuota mensual de $19.066,46.

  • Categoría E: Facturación de hasta $6.416.528,89, cuota mensual de $24.526,43.

  • Categoría F: Facturación de hasta $8.020.661,11, cuota mensual de $29.223,11.

  • Categoría G: Facturación de hasta $9.624.793,31, cuota mensual de $33.439,61.

  • Categoría H: Facturación de hasta $11.916.410,77, cuota mensual de $56.402,68.

  • Categoría I: Facturación de hasta $13.337.213,57, cuota mensual de $81.121,96.

  • Categoría J: Facturación de hasta $15.285.088,45, cuota mensual de $93.619,47.

  • Categoría K: Facturación de hasta $16.957.969,16, cuota mensual de $106.964,65.


Para realizar la recategorización:

  • Ingresa al portal Monotributo con tu CUIT y clave fiscal.

  • Selecciona "Recategorizarme" para ver tu categoría actual y los límites de cada parámetro.

  • Procede con la opción "Continuar recategorización".

  • Ingresa la información sobre la facturación de los últimos 12 meses y confirma tu nueva categoría.


Es crucial que los contribuyentes realicen este trámite dentro de los plazos establecidos para evitar inconvenientes futuros con el régimen del monotributo.

Fuente NA
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