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Aplicaron 73 nuevas sanciones a empresas por violar la Ley de Defensa del Consumidor

El ministro de Gobierno y Asuntos Municipales, Pascual Fernández, informó que se aplicaron 73 sanciones a empresas a través de la Dirección General de Defensa del Consumidor que no cumplieron con las condiciones en la comercialización de algún producto o servicio y afectaron el derecho de los consumidores o usuarios. La suma de las multas asciende a 44.100.000 pesos, un promedio de 604 mil pesos cada sanción.


Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial de este viernes 27 de septiembre. De esta manera, con las publicadas en marzo, durante el año ya se aplicaron 133 sanciones a empresas tanto de La Pampa como de otros distritos, por un monto superior a los 72 millones de pesos.


Entre los rubros de las firmas que recibieron multas por no cumplir con la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor se cuentan fabricantes de casas prefabricadas, servicios de telefonía, empresas de turismo, transporte y aerolíneas, ventas online de indumentaria, financieras, comercializadoras de electrodomésticos y planes de ahorro de vehículos, entre otras.


“Desde el Gobierno de La Pampa, así lo sostiene el gobernador Sergio Ziliotto, ponemos a disposición Defensa del Consumidor para que sea una herramienta no solo para defender los derechos de la gente, sino para evitar abusos.


El Estado tiene que estar cerca de la gente sobre todo en momentos tan críticos para la mayoría y que muchas veces se sienten vulnerados en sus derechos como consumidores. De hecho, aumentaron las consultas y denuncias en los últimos meses”, afirmó el ministro Fernández.


La Ley de Defensa del Consumidor establece un procedimiento con dos partes bien diferenciadas. En la primera etapa denominada de mediación se prevé la oportunidad de que el denunciante solucione su inconveniente de común acuerdo con el proveedor denunciado, principalmente por audiencias de conciliación celebradas en esta oficina. Si existe acuerdo el expediente culmina y el consumidor ve resuelto su reclamo. En esta etapa se pone el mayor esfuerzo.


Si la conciliación no es posible, el consumidor tiene la posibilidad de continuar su reclamo en la vía judicial y la Defensa del Consumidor pase el expediente a una etapa denominada sumarial. En esta etapa se evalúan las posibles infracciones a la ley de Defensa del Consumidor mediante una imputación a las empresas que correspondan. Las empresas tienen su derecho constitucional de defensa y posteriormente se determina la correspondencia o no de las sanciones previstas en dicha ley y que luego se ven publicadas en el Boletín Oficial.


Las sanciones van desde el apercibimiento hasta las multas económicas. El monto de la sanción depende de múltiples factores a tener en cuenta: el hecho generador de la sanción, los daños ocasionados al consumidor, la envergadura de la empresa (si es una empresa local, es nacional, o es una multinacional) y los antecedentes de sanciones previas en esta dependencia, etc.)

Fuente APN

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