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Amplían líneas de crédito a PyMEs y microempresas para la Reactivación Productiva

El pasado viernes se realizó la Junta Permanente del Consejo Federal de Inversiones, con presencia de funcionarios del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia. Luego se desarrolló la Asamblea del Organismo que integran todas las provincias Argentinas.


Al margen del tratamiento de temas institucionales como Cuenta de Inversión 2019 y presupuesto 2021, se resolvió ampliar las líneas para la Reactivación Productiva y la Línea para Producción Regional Exportable, que se implementan en la Provincia a través del Ministerio de la Producción.


Línea para la Reactivación Productiva


A - Elevar el monto máximo de créditos destinados a las PyMEs a $10.000.000.


B - Establecer que los créditos superiores a $5.000.000 se otorgarán con garantía hipotecaria en primer grado de privilegio a favor del CFI, y se podrá considerar a las Sociedades de Garantía Recíproca o Fondos de Garantías de Carácter Público inscriptos en los registros habilitados del BCRA, o aquellos que la Junta Permanente determine. Se deberá demostrar que la actividad para la cual se solicita el financiamiento tiene continuidad en los últimos 2 años.


C - Elevar el monto máximo de créditos destinados a las Microempresas a Pesos Setecientos Cincuenta Mil $750.000.


D - Ampliar el monto límite sin exigencia de garantía real y con la tasa del CFI bonificada en un 50% a $500.000.


E - Ampliar el monto destinado a Capital de Trabajo a $3.000.000.


F - Elevar el monto patrimonial mínimo para PyMEs a $3.000.000.


G - En el marco de la pandemia COVID-19 ampliar la fecha al 31-12-2020 para que quienes tengan créditos vigentes en el CFI, puedan solicitar la espera para el pago de sus cuotas sin necesidad de contar con Decreto de Emergencia emitido por las provincias.


Mismo beneficio es aplicable a los créditos que registren saldos pendientes con anterioridad al 01-03-2020. Se exceptúan los créditos en Gestión Judicial.


H - Establecer que en el caso de los créditos otorgados por emergencia, desastre y/o catástrofe declarados por Decreto o Ley Provincial, y que en el marco de la pandemia COVID-19 los beneficiarios que no hayan podido pagar sus cuotas de vencimientos que se registren entre el 01/03/2020 al 31/12/2020 no perderán la bonificación del 100% de la tasa de interés. APN


 

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