Plan B
Allanaron el Banco de Sangre del hospital de Santa Rosa tras una muerte
La justicia pampeana allanó en dos ocasiones el Servicio de Hemoterapia del Hospital "Lucio Molas". Las diligencias se hicieron en 2021, pero no habían trascendido. Investigan un supuesto caso de mala praxis.

Una paciente oncológica ingresó al Lucio Molas para realizarse la última quimioterapia y falleció al poco tiempo. Entre el ingreso al hospital y el deceso, le transfundieron sangre.
La justicia busca establecer que se haya cumplido con los protocolos sobre el estado de la sangre y las compatibilidades con la paciente.
El fallecimiento se produjo el 12 de mayo de 2021. El segundo allanamiento al Servicio de Hemoterapia se hizo el 3 de noviembre de 2021.
Quimio
La mujer que falleció el año pasado, ingresó caminando y en buen estado el 12 de mayo al Hospital Lucio Molas para realizarse la última sesión de quimioterapia prescripta y falleció al poco tiempo. Desde el ingreso y el fallecimiento, la mujer fue trasfundida con sangre del banco del Lucio Molas,
Según una de las versiones, se le indicó la transfusión de sangre para poder llevar adelante la última sesión prescripta “y no perder todo el tratamiento anterior”.
El allanamiento se hizo en el Banco de Sangre del Hospital Lucio Molas, que se encuentra al mando de la Jefa del Servicio de Hemoterapia, Ana Paula Protalez, y de la Jefa Técnica y Coordinadora Regional, Anastasia Goñi. La orden de transfundir a la paciente fue dada por la médica oncóloga, Marisa Salvadori.
Quienes se desempeñan en un banco de sangre deben respetar un protocolo en cuanto a la toma de la donación, vencimiento de la sangre, pruebas transfuncionales para determinar compatibilidades – enfermedades, cadena de custodia, y consentimiento de pacientes para recibir la sangre.
En el segundo allanamiento, la justicia buscó “el libro de novedades de guardia del Servicio de Hemoterapia; pruebas prestransfuncionales efectuadas y resultado de las mismas; solicitudes originales de transfusión: ped 10198 de fecha 01/052021 y 10097 de fecha 20-04-2021, suscriptas por la Dra Salvadori y constancia de transfusión efectuada o remito donde se consigna las unidades entregadas para efectuar la transfusión que se efectuó con fecha 12-05-2021; carpeta y/o libro donde se archiven los mencionados pedidos, junto con los consentimientos informados suscriptos por los pacientes para la transfusión, todo ello respecto de la señora (…)” fallecida.
Las actuaciones se hacen por una denuncia anónima que recibió el Ministerio Público Fiscal tras la muerte de la mujer. En primer término intervino el fiscal Oscar Cazenave y las actuaciones fueron ordenadas por el juez Carlos Ordas.
En otras oportunidades, cuando hubo denuncias, las personas responsables fueron apartadas de manera momentánea hasta que se esclareciera la situación.
En esos casos se aplicó el artículo 57 de la ley 1.279 del personal de salud pública, que establece:
Artículo 57.- Ordenada la sustanciación de un sumario administrativo el Jefe de la jurisdicción presupuestaria podrá disponer la adscripción o la suspensión preventiva del imputado cuando su permanencia en el lugar de trabajo pueda obstaculizar la investigación o dificultar el normal funcionamiento del servicio.
Diversas fuentes indicaron que parte del personal especializado fue trasladado a otro servicio, o incluso renunciaron, por las diferencias con la conducción: cuestionan sus facultades y/o experiencia para conducir el Servicio.
Por último, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, a cargo de Juan Carlos Carola, recomendó en junio de este año al Ministerio de Salud la apertura de un sumario a Portalez y Goñi. Hasta hace un mes y medio, la investigación administrativa no había comenzado y no se habían producido cambios en las jefaturas. Fuente Plan B Noticias