top of page
banner_QuemasPrescriptas_737x125.gif
parque acuatico winifreda logo nov 2023 - 400.jpg
publi chica 2.jpg
cewtv 300.jpeg
fabricio fischer - 400.jpg
la tribu publi may 2023_edited.jpg
Carlos Kisner 200
  • Foto del escritorWinifreda

Docentes: piden 10 días de suspensión por no declarar otro trabajo


El caso se inició contra dos docentes como una información sumaria disciplinaria, cuya máxima sanción son 10 días de suspensión. La FIA remarcó que es una falta grave.

La FIA pidió la sanción de 10 de suspensión para dos docentes que omitieron incluir el trabajo en la actividad privada en la declaración jurada de cargos. Esa sanción se limita a diez días porque el caso se inició como una “información sumaria disciplinaria”

Por otro lado el Tribunal de Disciplina pidió una sanción de 5 días. Para la FIA era una falta cuya gravedad ameritaba una suspensión de 30 días, pero por ese inicio del expediente (como información sumaria), no podía aplicarse.

Los docentes deben declarar todos los cargos. Pero tiene un tope: cuando se declara un trabajo privado, se ocupa parte de la carga horaria.

La denuncia (realizada por una sola persona a través de un correo electrónico) apuntó a Carlos Daniel Cabral y Nicolás Ariel Schpetter.

El Tribunal de Disciplina estableció que Cabral “no habría declarado ante el Ministerio de Educación su actividad privada desde el 14 de septiembre de 2012 al 30 de marzo de 2015 (tres años y seis meses) y desde 29 de febrero de 2016 al 30 de abril de 2017 (un año y dos meses)”; mientras que Schpetter no habría declarado su actividad privada ante el Ministerio de Educación desde el 18 de junio de 2014 al 14 de diciembre de 2017 (tres años y seis meses) y por exceder la acumulación de horas cátedras permitidas, superando los topes desde la fecha 19 de marzo de 2016 al 14 de diciembre de 2017 (un año y seis meses)”.

La FIA sostiene que “Cabral y Schpetter reconocen la irregularidad y admiten su desconocimiento de la normativa que regula la obligación de declarar toda actividad laboral paralela a la del sistema educativo provincial. El desconocimiento de la normativa vigente no puede ser justificativo pues integra una de las obligaciones que debe cumplir el administrado”.

El Tribunal de Disciplina recomendó una sanción de 5 días, mientras que para la FIA se deben aplicar los 10 días.

Pero agrega en el punto 2 de la resolución: “recomendar a los integrantes e instructores del Tribunal de Disciplina, e instructores de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, que si se acreditó en las actuaciones la existencia de falseamiento u ocultamiento en la Declaración Jurada, la sanción que corresponde aplicar es la cesantía, por la pérdida de la confianza. Esto no exime de la obligación de la instrucción de indagar acerca de la existencia de atenuantes”.EL DIARIO

cew - publi.jpg
aca 100 años publi ene 2023 b.jpg
el abuelo rene - abr 2023 - 400.jpg
plex ago 2023_edited.jpg
winipedia may 2024 - 400.jpeg
¿Cuál es tu opinión de ésta noticia?
bottom of page