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Carlos Kisner 200
  • Foto del escritorLa Pampa

"El río Atuel termina en Mendoza"


POLEMICO TEXTO DE UN DIPUTADO RADICAL

El diputado dice que La Pampa no tiene voluntad de solucionar el conflicto y que Mendoza no debería negociar nada porque el curso es íntegramente de ellos. Desconoce todo el fallo de 1987.

El diputado mendocino Gustavo Villegas acaba de dar a conocer un texto con pretensiones de libro sobre el conflicto interprovincial por el Atuel en el que se burla de las pretensiones pampeanas y sostiene que el río "empieza y termina en Mendoza". El legislador ignora olímpicamente el fallo de la Corte Suprema del año 1987, los acuerdos firmados por su propia provincia, y hace una lectura de algunos hechos rayana a lo absurdo.

El libro lleva por título "Lamento del Atuel. Historia y conflicto del río mendocino" y se estructura en tres capítulos: el primero dedicado a hacer un recorrido histórico -tanto sobre el río como de aspectos derivados-, otro dedicado a historiar el conflicto entre Mendoza y La Pampa por el uso del río, y el tercero a la regalías hidroeléctricas que generan los diques sobre el río y la forma injusta, según Villegas, en que se distribuyen.

Villegas es oriundo de General Alvear y durante los últimos cuatro años fue diputado provincial por el radicalismo de ese distrito. Se ha desempeñado como periodista y columnista en distintos medios de su provincia y se define como "un constante militante y defensor del medio ambiente", con firmes posturas en contra de la "mega minería contaminante" y a favor de la defensa del agua.

El libro.

De redacción pobre y conceptos imprecisos -muchos de ellos erróneos-, el libro se nutre en gran parte con imágenes tomadas de internet y conceptos sacados de lugares ignotos. En realidad no es un libro impreso, sino un texto en formato 'pdf' que se puede descargar de internet.

El argumento central de Villegas es que el río Atuel empieza y termina en Mendoza. A lo largo de todo el texto -unas 80 páginas-, el legislador siempre habla del "río mendocino". Es una conclusión que se da de bruces contra varios elementos que él mismo incorpora en su libro, incluso en sus conclusiones.

Por caso, todas las ilustraciones el río Atuel aparece graficado con su punto de inicio en la cordillera de Los Andes -como corresponde- y la terminación ¡en el límite interprovincial entre Mendoza y La Pampa! La propia ilustración de tapa, y los mapas de páginas 10 y 11 así lo atestiguan. Sería un caso único en el mundo en que un río termina abruptamente en un límite político entre dos jurisdicciones.

En su exposición, Villegas sostiene que el curso termina en el sur mendocino y que lo que llega a La Pampa son aguas excedentes, crecidas extraordinarias, que no pueden ser consideradas un río como tal. Es todo lo contrario a lo que dijo la Corte en 1987.

Un río uni-provincial.

Villegas funda su afirmación de que el río Atuel es solo mendocino en varios aspectos, desde históricos, geomorfológicos a jurídicos.

El dato de que hasta el año 1809, cuando el Diamante descargaba sus aguas en el Atuel, el caudal que ingresaba a La Pampa "doblaba al actual", es una "prueba irrelevante" para el legislador. A su entender, la separación de los cauces no fue una obra de ingeniería en base a una decisión política, sino que "obedeció a una tendencia geomorfológica". De hecho, dice que la tendencia natural es que el río desemboque en la laguna Llancanelo.

En tono algo jocoso, argumenta que la estrategia oficial pampeana ha sido sensibilizar a su población sobre la pérdida del río recurriendo al cancionero popular con obras como la Zamba del río robado y la conocida Corralera del Atuel.

Sobre el fallo del año 1987, se aferra a que en 1951, cuando Nación y Mendoza firmaron el convenio para construir Los Nihuiles, La Pampa estaba sujeta a la jurisdicción nacional por ende no puede reclamar nada. Exactamente lo contrario a lo que sostuvo la Corte Suprema en su fallo.

"En el caso específico del uso de las aguas, nunca se le otorgaron a La Pampa concesiones de riego por el Atuel, por lo que no tiene fundamento el reclamo, pues los usos de las aguas serían ilícitos", sentenció, también por encima de la CSJ. > La Arena 29/11/2015 <

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